viernes, 19 de septiembre de 2014

Módulos - Superficie del Local

Uno de los elementos que intervienen en el cálculo de los módulos de determinadas actividades es la superficie del local.

La ley realiza una distinción entre local independiente y local no independiente:

Local independiente: Es aquel que dispone de una sala de ventas para atender a los clientes

Local no independiente: Es el que no dispone de sala de ventas propia por estar dentro de otro local o galería, por ejemplo un mercado municipal.

Con carácter general la superficie de local es la comprendida dentro de sus muros expresada en metros cuadrados y en su caso sumando todas las plantas.

Pero hay una serie de circunstancias que afectan al cálculo del módulo superficie del local:

Se computará el 20% de las zonas no construidas o descubiertas dedicadas a depósitos de materias primas.

No se computarán las superficies no construidas o descubiertas en las que no se realice directamente la actividad; viales, jardines, zonas de seguridad, aparcamientos, etc.

Se computará al 40% la zona dedicada a actividades de temporada mediante la ocupación de la vía pública con puestos y similares.

La parte dedicada a almacén o depósito computará al 55%. Por lo tanto la superficie de nuestro establecimiento dedicada a almacén computará al 55%.

Del total de metros cuadrados resultante se deducirá un 5% en concepto de zonas dedicadas a huecos, ascensores, escaleras y demás elementos que no están directamente afectos a la actividad.

Pongamos un ejemplo:

Comercio al por menor acogido al régimen de estimación objetiva. La actividad se realiza en un local de 100 metros cuadrados de los cuales 25 metros cuadrados corresponden al almacén.

El cálculo de módulo superficie del local sería el siguiente:

Sala de ventas 75 metros cuadrados

Cómputo del almacén (25 metros cuadrados por 0,55)=13,75 metros cuadrados

Reducción por zonas dedicadas a huecos etc… (5%) = (75 + 13,75)*0,05= 4,44 metros cuadrados.

Resultado del módulo superficie del local= 75 + 13,75 – 4,44= 84,31 metros cuadrados

Una última consideración el módulo superficie del local es prorrateable en función de los días en que el establecimiento abre sus puertas, sin embargo la Agencia Tributaria considera que deben computarse los días de descanso normal, es decir las vacaciones, los domingos y los festivos.

JmCano Assessors Premià de Mar

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