lunes, 14 de julio de 2014

Epígrafe IAE 501.3: Actividad de albañilería y pequeños trabajos de construcción

Hoy os comentaré los aspectos más relevantes de este epígrafe que, al estar incluido dentro del régimen de estimación objetiva (módulos), requiere de ciertas cautelas para evitar problemas con el fisco.

La primera limitación es que no autoriza la ejecución de obras con presupuesto superior a 36.060,73 euros, es decir 6.000.000 de las antiguas pesetas.




La segunda limitación es que la superficie construida no puede exceder de los 600 mts2.

Estas dos limitaciones nos las marca el Impuesto de Actividades Económicas.

Si se rebasan los límites anteriormente indicados, el sujeto pasivo deberá tributar por el epígrafe 501.1 ”Construcción completa, reparación y conservación de edificaciones." y este epígrafe queda fuera del sistema de módulos.

Pero esas no son las únicas limitaciones; no tendrá cabida en dicha rúbrica la realización de instalaciones eléctricas, exclusivamente, o de instalaciones de fontanería, exclusivamente, toda vez que la mención expresa de "pequeños trabajos de construcción en general" impide que en la misma tengan cabida, sin más, obras o trabajos muy específicos y especializados como pueden ser la realización con carácter exclusivo de instalaciones eléctricas o de instalaciones de fontanería, en cuyo caso el sujeto pasivo deberá tributar dentro del grupo 504 de la sección primera, "Instalaciones y Montajes", en la rúbrica correspondiente a la actividad efectivamente desarrollada.

Lo que sí permite este epígrafe es subcontratar con terceros la realización de los pequeños trabajos de albañilería ya que supone la "ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos, o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

Por lo tanto podremos estar de alta en el epígrafe 501.3 de la sección primera de las Tarifas del impuesto para la realización de obras de reforma o rehabilitación de viviendas, incluyendo los trabajos de electricidad, fontanería, instalación de escayola, pintura y albañilería, siempre y cuando el presupuesto de la ejecución de tales obras no supere el importe de 36.060,73 euros ni la superficie en obra nueva o de ampliación exceda de 600 metros cuadrados.

Premià de Mar

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